Casación No. 108-2013

Sentencia del 09/10/2013

“... Al analizar la tesis que sostiene el presente submotivo se determina que lo que se ataca es que no se haya diligenciado el medio probatorio propuesto por la entidad Productos Asaf, consistente en informe técnico que debía rendir el Jefe del Laboratorio Químico de la Dirección General de Aduanas; sin embargo, el aspecto cuestionado no guarda relación con el subcaso que se hace valer, pues al no haberse completado el iter probatorio para la incorporación al proceso de ese medio de prueba, es lógico que la Sala no podía tomarlo en consideración para emitir su fallo; tampoco podía obtener conclusión alguna de ese documento, por lo que el yerro invocado es improcedente...”